La violencia reproductiva es una forma de Violencia de género y, en determinadas circunstancias, de Violencia sexual (incluida la relacionada con los conflictos) y de Violencia obstétrica. Constituye una violación de los derechos humanos que puede tener "consecuencias importantes para la salud física, mental, emocional y sexual" [1].
La violencia reproductiva se refiere al conjunto de actos (físicos o no) u omisiones que vulneran, directa o indirectamente, la autonomía y los Derechos reproductivos de una persona. Abarca cualquier conducta o falta de acción que obstaculice la capacidad de decidir libremente y con pleno conocimiento de causa si procrear, cuándo y con quién, así como de acceder a información y servicios de salud sexual y reproductiva. Comprende asimismo la violencia ejercida contra una persona debido a su capacidad reproductiva real o supuesta, o a las normas y expectativas sociales asociadas a ella [2].
Existen determinadas formas de violencia reproductiva que están expresamente prohibidas por el derecho internacional y pueden, dependiendo del contexto, perseguirse como Crímenes de guerra, Crímenes de lesa humanidad o actos de Genocidio ante los tribunales competentes [3]. Este es el caso, en particular, del Embarazo forzado, la Esterilización forzada y el Genocidio mediante la imposición de medidas destinadas a obstaculizar los nacimientos dentro de un grupo nacional, étnico, racial o religioso. Otras formas son el Aborto forzado forzado, la Contracepción forzada, la injerencia coercitiva en la lactancia materna, los Actos inhumanos y castigos y tratos crueles, inhumanos y degradantes o los actos de Tortura dirigidos contra la capacidad reproductiva, así como los ataques contra las instituciones o servicios de salud reproductiva.
De forma general, los organismos internacionales y regionales han ido incorporando progresivamente la cuestión de la violencia reproductiva en su trabajo, tanto en lo que respecta al reconocimiento como a su persecución, ya se trate de comisiones de investigación y órganos de tratados de las Naciones Unidas, de la Corte Penal Internacional o de instancias regionales de protección de los derechos humanos. Todo ello se ha llevado a cabo principalmente desde la perspectiva de la violencia sexual y de género (VSG).
→ Para obtener una visión general de las decisiones internacionales, regionales y nacionales más importantes relativas a estas diferentes formas de violencia reproductiva, véanse los términos correspondientes.
A pesar de ello, aún queda mucho por hacer para prevenir, perseguir y responder a esta violencia, y se trata de una labor fundamental. La falta de reconocimiento y de un trabajo serio de documentación de la violencia reproductiva en todas sus formas "puede tener consecuencias concretas, irreversibles e intergeneracionales" [4] para las víctimas/supervivientes, las comunidades y la sociedad en su conjunto.
→ Para un análisis detallado sobre la violencia reproductiva véase ONU Mujeres Documentar la violencia reproductiva (2024).