Objetividad, imparcialidad e independencia

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La objetividad, la imparcialidad y la independencia, que están estrechamente vinculadas al Diligencia razonable, constituyen los principios rectores esenciales para cualquier intervención ética [1]. Es indispensable aplicarlos en la búsqueda de la verdad, la justicia o la reparación, así como en el apoyo que se presta a las víctimas/supervivientes de crímenes y violaciones de los derechos humanos. Como subraya la Declaración sobre las actividades de determinación de los hechos de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales, "[l]a determinación de los hechos deberá ser completa, objetiva, imparcial y oportuna" [2].

La objetividad supone investigar los hechos de manera rigurosa y equilibrada, verificando las fuentes, sin ideas preconcebidas y sin ejercer influencia sobre las personas entrevistadas. La imparcialidad implica no tomar partido, adoptar una posición neutral, al tiempo que se es consciente de los propios sesgos, con el fin de tratar toda la información de manera equitativa. Por último, la independencia garantiza que estas actividades se lleven a cabo con total autonomía, al margen de cualquier influencia externa, y que se identifique y evite cualquier intento de manipulación o desinformación.


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Notas

[1Protocolo PSVI, op. cit., p. 138.